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CIMAFMENDOZA · ARGENTINA
Curso finalizadoClases grabadas disponibles

Ley de Inocencia Fiscal, declaración jurada simplificada y blindaje fiscal

Dictado el 11 de septiembre de 2026 a las 19 h. Las clases grabadas están disponibles en el campus.

Sello de CIMAF
Fecha
11 de septiembre de 2026, 19 h
Estado
Finalizado
Clases grabadas
Disponibles en el campus

Clases grabadas disponibles

Las clases de este curso quedaron grabadas y están disponibles en el campus de CIMAF. Para acceder, escribinos a contacto@cimaf.com.ar y te habilitamos el ingreso.

Próximas ediciones: vamos a volver a dictar este curso en nuevas fechas.

Actualización destacada

Reforma de la Ley de Inocencia Fiscal: Ley 27.826

En el curso se analizó en detalle la reforma introducida por la Ley 27.826 y su impacto práctico.

  • Sujetos que pueden adherirModificaciones en quiénes pueden optar por el régimen.
  • Blindaje fiscalCambios en el alcance de la protección frente a fiscalizaciones.
  • Intervención de la UIFSu rol en materia de prevención del lavado de activos.
  • Ley 11.683Modificaciones al procedimiento tributario y condonación de multas e intereses.
Material del curso

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Portada de la presentación: Régimen de Ganancias Simplificada, Blindaje Estratégico 2026

Régimen de Ganancias Simplificada: Blindaje Estratégico 2026

Presentación en PDF · 12 diapositivas · 6 MB

Incluye el efecto liberatorio y el blindaje retroactivo (arts. 39 y 40), la discrepancia significativa, la canalización de los fondos y las excepciones del régimen.

Es solo una parte del material. Las clases grabadas y todo el material completo del curso están disponibles en el campus de CIMAF.

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Temario

Qué se trató en el curso

Cuatro ejes, desde el marco jurídico hasta las consultas más frecuentes de aplicación práctica.

  1. Marco jurídico y efectos legales principales

    Efecto liberatorio del pago (art. 39, Ley 27.799)

    • Requisitos de procedencia: aceptación de la DDJJ propuesta por ARCA y pago en término.
    • Alcance: extinción de obligaciones formales y materiales del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal base (2025).
    • Excepciones que hacen perder el beneficio: omisión de ingresos, cómputo de deducciones improcedentes o uso de documentación o facturas apócrifas.

    Presunción de exactitud y blindaje retroactivo (art. 40, Ley 27.799)

    • Presunción iuris et de iure, sin admitir prueba en contrario, sobre períodos fiscales no prescriptos en Ganancias e IVA.
    • Inmunidad frente a fiscalizaciones sobre el pasado mientras el período base mantenga su validez.
    • Aplicación extendida a períodos en los que no existió obligación formal de presentar DDJJ.

    Criterios de «discrepancia significativa»

    • Incremento del saldo a favor del Fisco, o reducción de quebrantos o saldos a favor, igual o mayor al 15 %.
    • Diferencia que supere el umbral del Régimen Penal Tributario ($100.000.000).
    • Impacto por uso de facturas apócrifas, cualquiera sea el monto, salvo rectificación previa.

    Articulación normativa (Decreto 93/2026, arts. 9 y 13)

    • Relación entre la impugnación del período base y la pérdida de la protección de los períodos no prescriptos.
    • Prohibición legal expresa a ARCA de iniciar verificaciones en períodos pasados si se sostiene el efecto liberatorio en el período base.
  2. Banderas de cumplimiento: bancarización e incorporación al sistema financiero formal

    Exigencia de canalización de fondos (art. 4, Decreto 93/2026 y RG 5820/2026)

    • Validación en al menos una de las dos puntas de la operación: origen o destino.
    • Normativa del BCRA y de la CNV.

    Modalidades de cumplimiento en el origen

    • Fondos previamente bancarizados: cuentas bancarias, billeteras virtuales y cuentas comitentes.
    • Criptoactivos y dólares digitales a través de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos ante la CNV.

    Modalidades de cumplimiento en el destino

    • Depósitos bancarios directos por ventanilla o cajero automático en la cuenta del receptor.
    • Cobros mediante soluciones digitales: código QR, links de pago y PSAV.

    Restricciones y operaciones no válidas

    • Invalidez de operaciones percibidas originalmente en efectivo, aunque luego se depositen en cuentas bancarias.
    • Sanciones aplicables según la Ley 11.683 por falta de acreditación en el sistema financiero formal.

    Excepción especial (Decreto 22/2001)

    • Validez de pagos en efectivo en la compraventa de inmuebles o la constitución de derechos reales al momento de la escritura pública.
  3. Entidades financieras, fintechs y prevención del lavado de activos

    Estatus legal de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP)

    • Encuadre de las plataformas de pago como billeteras virtuales y no como entidades financieras tradicionales.

    Regímenes de información y monitoreo (RG 5804/2025 de ARCA)

    • Umbrales de reporte automático mensual a ARCA: $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas.

    Antecedente favorable en prevención de lavado (art. 5, Decreto 93/2026)

    • Uso de la constancia de adhesión al régimen simplificado como antecedente positivo ante bancos y sujetos obligados de la Ley 25.246 (UIF).
    • Integración mediante APIs automatizadas de ARCA para validar clientes.
  4. Consultas frecuentes y aspectos prácticos de aplicación

    Relación con el Impuesto sobre los Bienes Personales

    • La simplificación en Ganancias no exime de declarar ni de pagar Bienes Personales.
    • Los bienes ya declarados en Bienes Personales no requieren nueva bancarización, porque no se consideran fondos omitidos.

    Mecanismos de rectificación y subsanación (art. 12, Decreto 93/2026)

    • Plazo para rectificativas espontáneas: antes de la notificación de la orden de intervención de ARCA.
    • Subsanación ante facturas apócrifas: pago de diferencias e intereses antes de la notificación de la determinación de oficio (art. 17, Ley 11.683).

    Ajustes técnicos y ajuste por inflación

    • Inclusión de las diferencias técnicas en el cómputo de discrepancias significativas, según la magnitud del monto.

    Regularización mediante planes de pago

    • Criterios para considerar regularizado el saldo mediante planes de facilidades en término, y consecuencias de la caducidad del plan.

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